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Se ordena la suspensión de venta de bebidas alcohólicas los días 1 y 2 de junio

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El Ayuntamiento de Córdoba ha dado a conocer desde el día martes por diferentes plataformas y cuentas oficiales la suspensión de venta de bebidas alcohólicas los días sábado 1 y domingo 2 de junio del presente año, con motivo de las elecciones local y federal.

Al tratarse de una elección concurrente, se aplica los criterios establecidos en las leyes federales y estatales, es por ello que la decisión se fundamenta en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en el Capítulo V de Disposiciones Complementarias Artículo 300 numeral 2 “El día de la elección y el precedente, las autoridades competentes de acuerdo a la normatividad que exista en cada entidad federativa, podrán establecer medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes”.

En la legislación local, se refiere al Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Capítulo V de Disposiciones Complementarias en el Artículo 226 “El día de la elección y el anterior permanecerán cerrados todos los establecimientos cuyo giro principal sea la venta de bebidas embriagantes. El artículo 227 “Se prohíbe a los establecimientos públicos, la venta de bebidas embriagantes el día anterior y el de la elección, de conformidad con las disposiciones que al efecto se emitan”.

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