Visitas: 0
En lo general y en lo particular, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen con proyecto de decreto que adiciona un artículo 9 a la Ley de Amnistía, para facultar al titular del Ejecutivo Federal a otorgar amnistía de manera directa.
El documento, turnado al Ejecutivo para sus efectos constitucionales, fue avalado, en lo particular y en términos del dictamen, con 250 votos a favor, 197 en contra y cero abstenciones, luego del desahogo de las reservas de diputadas y diputados de Morena, PAN, PRI, PT, MC, PRD y sin partido.
Presentaron propuestas de modificación al proemio, metodología, contenido y objeto de la minuta, consideraciones, texto normativo del dictamen, al artículo 9 de la Ley de Amnistía, transitorios primero y segundo, así como a la leyenda “Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 23 días del mes de abril de 2024”.
Con ese agregado, se establece que por determinación exclusiva de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal se podrá otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido en este ordenamiento, en casos específicos que reúnan las siguientes condiciones:
Que la amnistía se otorgue a personas que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado mexicano, y que en contra de la persona o personas a las que se conceda la amnistía, se haya ejercido la acción penal, estén siendo procesados o se encuentren sentenciados por cualquier delito.
Añade que en los casos a que se refiere esta disposición no será aplicable lo dispuesto en el artículo 2 de la presente ley.
Subraya que la amnistía concedida en términos de lo dispuesto por este artículo extinguirá las acciones penales y sanciones impuestas.