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Por: Ericka Castillo
En la trigésima séptima sesión extraordinaria de cabildo se aprobó la prórroga descuento predial hasta el mes de febrero, beneficiando a los contribuyentes que están al corriente en sus pagos de esa carga tributaria.
Todos aquellos contribuyentes que opten por el pago anual, podrán efectuarlo en el mes de enero en una sola exhibición, obteniendo un descuento del 20%, incluido quienes pagan la cuota mínima, este plazo podrá prorrogarse hasta el día último de febrero esto por acuerdo del cabildo.
Conforme a lo establecido en el artículo 118 del código hacendario municipal el cual contempla que el pago del predial debe ser semestral y que se debe realizar durante los meses de enero a julio de cada año, lo anterior viene a beneficiar al contribuyente.
Conforme lo establece el artículo 121 del código hacendario municipal, dicho beneficio será extendido a los jubilados y pensionados, en caso de fallecimiento de estos, la viuda o concubina legalmente reconocidas tendrán derecho a un descuento del 50% del importe anual del pago, previa acreditación que asiente de los supuestos respectivos y de encontrarse al corriente del impuesto.
Cabe mencionar que esta prerrogativa se aplicará únicamente a un inmueble, siempre y cuando se trate de la casa habitación del contribuyente y el pago se realice durante los meses de enero y febrero. Las personas mayores de 60 años, contribuyentes también, tendrán derecho a dicho beneficio y será aplicable siempre y cuando estén al corriente con sus pagos.