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En sesión vespertina, la Cámara de Diputados aprobó, con la unanimidad de 434 votos a favor, el dictamen por el que se expide el Reglamento de la Comisión Permanente del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y lo remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
El objetivo es regular el funcionamiento de la Comisión Permanente, el desarrollo de las sesiones plenarias presenciales y semipresenciales, la conformación del orden del día, así como los debates y las votaciones que se realizan en el Pleno y en las reuniones presenciales de sus comisiones de trabajo y su Mesa Directiva.
Menciona que durante los periodos de receso de las Cámaras, la Comisión Permanente tendrás las siguientes facultades: recibir la protesta de la persona que ocupe la Presidencia de la República cuando no pueda hacerlo ante el Congreso, presentar y aprobar la convocatoria para celebrar sesiones extraordinarias, incluyendo el supuesto para instalar el Colegio Electoral, recibir durante el receso del Congreso las iniciativas y observaciones a los proyectos de ley o decreto que envíe el Ejecutivo.
También, conceder licencia hasta por sesenta días a la persona que ocupe la Presidencia de la República, ratificar los nombramientos que la persona que ocupe la Presidencia de la República haga en los cargos en embajadas, consulados generales, así como los empleos superiores de Hacienda, Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales; realizar el cómputo de los votos aprobatorios de los congresos de las entidades federativas y, en su caso, emitir la declaratoria de constitucionalidad, cuando la Constitución se reforme de acuerdo al artículo 135 constitucional de la misma.
Indica que la Comisión Permanente celebrará sus sesiones de manera presencial o semipresencial, preferentemente los miércoles de cada semana. En caso de requerirlo, previo acuerdo con los representantes de los grupos parlamentarios, la Presidencia podrá convocar a sesiones en un día distinto de manera urgente cuando exista algún asunto superveniente. La Presidencia deberá precisar en la convocatoria correspondiente, si la sesión será presencial o semipresencial.
Subraya que para la participación de sus integrantes en las sesiones plenarias se permitirá el reemplazo indistinto de los titulares por cualquiera de las legisladoras y los legisladores, siempre y cuando éstos permanezcan a la misma Cámara y grupo parlamentario. Una vez que se declare abierta la sesión, la legisladora o el legislador que registre su asistencia o realice el pase de lista no podrá ser sustituido.
En la presentación de iniciativas y proposiciones en tribuna no se concederá la palabra a ninguna otra oradora u orador para referirse al asunto presentado y las iniciativas se turnarán a la comisión o comisiones de la Cámara correspondiente, y las proposiciones se turnarán a las comisiones de trabajo, salvo que el Pleno determine su urgente resolución.
La Comisión Permanente y sus comisiones deberán poner a disposición del público y actualizar la información correspondiente, tanto en el micrositio de la Comisión Permanente, como en la Plataforma de Transparencia de carácter nacional, de acuerdo con la normatividad aplicable en materia de transparencia.
Además, la Comisión Permanente contará con la Gaceta Parlamentaria como órgano de difusión oficial para el ejercicio de sus funciones y la Cámara del Congreso de la Unión que corresponda habilitará un micrositio y solo se permitirá el acceso al salón de sesiones al personal autorizado por la Mesa Directiva y acreditado por los órganos técnicos correspondientes.
En los artículos transitorios se derogan todas las disposiciones aplicables a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, contenidas en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 1934 y quedan sin efectos todos los acuerdos relativos a la Comisión Permanente aprobados con anterioridad al presente decreto.
Certeza jurídica al funcionamiento de la Comisión Permanente
Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, su presidente, diputado Luis Agustín Rodríguez Torres (PAN), expresó que el documento fue aprobado por unanimidad gracias al trabajo en equipo y al esfuerzo de cada diputada y de cada diputado, y atiende la iniciativa del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna y del presidente de la Cámara de Senadores, Gerardo Fernández Noroña.
Mencionó que es el resultado de un trabajo plural, incluyente, paritario que dio la oportunidad de escuchar las voces de todos los grupos parlamentarios; cada uno de los seis grupos parlamentarios, a través de sus integrantes de esta Comisión, realizaron aportaciones muy valiosas.
Se hizo, dijo, un análisis serio, responsable y comprometido con esta institución y con el Congreso de la Unión, si se toma en cuenta que el Reglamento se aplicará en ambas Cámaras.
Al aprobar este Reglamento, la LXVI Legislatura pasará a la historia del Poder Legislativo mexicano por lograr un anhelo que se ha perseguido desde hace varios trienios, al menos seis, pero “la falta de acuerdos y la ausencia de un diálogo constructivo entre ambas Cámaras impidió antes su discusión y su aprobación”.
Esta Legislatura, abundó, será recordada por lograr expedir un Reglamento específico para la Comisión Permanente, por primera vez en su historia, y dejar de un lado las prácticas parlamentarias y los acuerdos para su funcionamiento que se han aprobado en cada uno de los recesos durante los últimos 20 años.
“Hoy, después de muchos años de espera, la Comisión Permanente contará con un Reglamento propio, ya que es un órgano auxiliar que garantiza la continuidad de las actividades del Congreso cuando las cámaras entran en receso, al término de cada uno de los periodos de sesiones”, añadió.
La historia de la Comisión Permanente, relató, es de larga data y desde su origen, cuyo antecedente más remoto lo encontramos en las Cortes de Cataluña, este órgano sirvió como contrapeso para fiscalizar los recursos que se otorgaban al Rey.
En sus distintas etapas –recordó– la Comisión Permanente fue adquiriendo funciones para complementar las atribuciones de las Cámaras y, a lo largo del México Independiente, se ha consolidado como el órgano que permite preservar la imagen y presencia del Congreso de la Unión frente a la permanente actividad de los otros poderes, el Ejecutivo y el Judicial.
Actualmente, la integración y atribuciones de la Comisión Permanente están reguladas por el artículo 78 de la Constitución Política, que hasta la fecha se ha reformado en 10 ocasiones para fortalecer su labor. Está conformada por 37 integrantes, de los cuales 19 son diputadas o diputados y 18 senadoras o senadores, que son electos en cada periodo de receso para representar a sus grupos parlamentarios en tan importante encomienda.
Entre las bondades e innovaciones que esta propuesta de Reglamento tiene para la Comisión Permanente, argumentó, es que se establece la integración de una Mesa Directiva más plural e incluyente, con una presidencia, tres vicepresidencias y una secretaría por cada grupo parlamentario.
Rodríguez Torres señaló que incorpora el contenido de los acuerdos parlamentarios y las mejores prácticas que a lo largo de las últimas dos décadas se han aplicado y han dado operatividad a la Comisión Permanente; no se limitan las rondas de iniciativas ni los puntos de acuerdo a presentar por grupo parlamentario. Se deja en acuerdo de la Mesa Directiva.
Se considera un título cuarto que establece el buen funcionamiento de las comisiones de trabajo, incluyendo su tiempo para la instalación, así como la debida integración de las mismas, reflejando siempre la composición del Pleno. Además, regula la posibilidad de llevar a cabo sesiones del Pleno y reuniones de las comisiones de trabajo de manera semipresencial, cuando así lo acuerde su Mesa Directiva.
Estructura el debate de una forma ordenada, con criterios de paridad, pluralidad e inclusión, en especial en los apartados de discusiones de dictámenes y en el de agenda política, que es un espacio de discusión natural de los temas de interés nacional en el seno de la Permanente, considerando una bolsa de tiempo por cada grupo parlamentario.
De igual modo, establece con claridad cuáles serán los medios de difusión y publicación de los trabajos de la Permanente, así como los tiempos específicos para ello, e incorpora y desarrolla las facultades que constitucional y legalmente le corresponden a este órgano del Congreso.
Por ello, abundó, se propone un Reglamento que por primera vez en su historia dará certeza jurídica al funcionamiento de la Comisión Permanente, para que su operación sea eficaz, transparente y la ciudadanía pueda conocer de forma oportuna sus trabajos, pero también sus resultados.
Aceptan propuestas de modificación
En votación económica, se aceptaron reservas de consenso por todos los grupos parlamentarios. En el artículo 24, numeral 4, para que quienes hayan sido nombrados como integrantes sustitutos de la Comisión Permanente, en términos del artículo 78 de la Constitución, puedan participar en las sesiones del Pleno y en las reuniones de las comisiones, siempre que estén debidamente acreditados para ello.
Las funciones de las legisladoras y los legisladores sustitutos se limitarán a registrar asistencia, intervenir en los debates y ejercer su derecho al voto. No podrán formar parte de la Mesa Directiva.
Mientras que en el artículo 33 se establece que las iniciativas serán anunciadas por la Secretaría y se turnarán a las comisiones de la Cámara correspondiente. Solo con el acuerdo de la Mesa Directiva se presentarán una o más rondas de iniciativas.
En el artículo 35 se subraya que los grupos parlamentarios seleccionarán sus respectivas proposiciones para consultar al Pleno si las considera de urgente resolución. La Mesa Directiva, previo acuerdo, determinará el número de proposiciones que se consultarán, correspondientes a cada uno de los grupos parlamentarios de las Cámaras del Congreso de la Unión.
Además, en el artículo 36 numeral 3 se destaca si el Pleno autoriza prolongar el debate, se abrirán las rondas adicionales que se acuerden de hasta una oradora a favor y uno en contra.
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